El Departamento de Servicios para el Desarrollo (Departamento) recibió fondos a través de la Ley de Presupuesto de 2022 para establecer una Oficina del Defensor del Pueblo para ayudar a las personas y/o sus familias que solicitan o reciben servicios del centro regional con respecto a la Ley de Servicios para Discapacidades del Desarrollo de Lanterman.

A partir del 1 de diciembre de 2022, esta nueva Oficina estará disponible para brindar información, facilitar la resolución de desacuerdos y quejas, hacer recomendaciones al Departamento y recopilar y reportar datos.

Responsabilidades

El Ombudsman ayuda a los clientes del centro regional y sus familias a acceder a los servicios del centro regional disponibles en virtud de la Ley Lanterman.

Esta Oficina puede:

  • Brinda información a los clientes del centro regional y sus familias,
  • Facilita la resolución de desacuerdos y quejas,
  • Hace recomendaciones y
  • Compila y reporta datos.

La Defensoría del Pueblo no puede:

  • Decidir las controversias a favor de una u otra parte,
  • Representar a alguien en el proceso de apelación,
  • Hacer una recomendación a un tribunal o a un funcionario de audiencias, o
  • Anular una decisión final de la audiencia

Si necesita ayuda con el Programa de Autodeterminación, haga clic en esta página.

Obtenga ayuda aquí 
Email: Ombudsperson@dds.ca.gov
Teléfono: 877-658-9731
Las llamadas serán atendidas los días laborales por un miembro del personal del Ombudsman durante el horario de 10:00 am a 3:00 pm Fuera de este horario, la persona que llama podrá conectarse al correo de voz de la Oficina a través de opciones automatizadas. El personal del ombudsman devolverá la llamada antes del cierre del día laboral siguiente.

Personal del Defensor del Pueblo 
Recursos